Los ciudadanos del Espacio Económico Europeo (EEE) no necesitan visado para visitar (o trabajar) ni en la República de Irlanda ni en Irlanda del Norte. Los ciudadanos de EE UU pueden quedarse en la República hasta tres meses, y en Irlanda del Norte hasta seis, pero no pueden trabajar sin el patrocinio de un empleador.
Los requisitos para obtener un visado para la República de Irlanda están disponibles en www.dfa.ie; para Irlanda del Norte, aquí.
Si se desea permanecer más tiempo en la República de Irlanda, hay que acudir a la comisaría de garda (policía) más cercana o al Garda National Immigration Bureau (01-666 9100; www.garda.ie; 13-14 Burgh Quay, Dublin; 8.00-21.00 lu-vi; todos los del centro). Para Irlanda del Norte, consúltese aquí.
Se aconseja consultar la información actualizada sobre documentación y visado para Irlanda en el Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación del Gobierno de España.
Antes y durante el viaje recomendamos que cualquier información relacionada con seguridad, salud, trámites administrativos como la expedición de visados, etc. sea verificada con el Ministerio de Asuntos Exteriores del país del viajero.