El visado para Japón se expide automáticamente al llegar al país a ciudadanos de 68 nacionalidades (entre ellas España) para estancias de hasta 90 días.
Para una lista completa de países exentos de visado y la duración de los mismos, véase www.mofa.go.jp/j_info/visit/visa/short/novisa.html#list
Llegado el caso, los viajeros con visado temporal deberán acreditar su salida del país o medios suficientes para comprar un billete de avión o ferri; en la práctica, esto casi nunca se pide.
Se aconseja consultar la información actualizada sobre documentación y visados para Japón en el Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación.
Antes y durante el viaje recomendamos que cualquier información relacionada con seguridad, salud, trámites administrativos como la expedición de visados, etc. sea verificada con el Ministerio de Asuntos Exteriores del país del viajero.